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Deducciones fiscales por donativos a ONG

(Fundaciones y asociaciones sujetas a la Ley 49/2002)

El valor de la solidaritat

Con tu donativo impulsas nuestra acción social y formas parte del cambio en la vida de muchas personas vulnerables. Por eso, la Ley reconoce este compromiso ofreciendo ventajas fiscales.

Compromiso social

Impulso de nuestra actividad

Ventajas fiscales

Visibilidad y difusión

Ventajas fiscales
PERSONAS FÍSICAS (IRPF)

¿Eres ciudadano o ciudadana?

  • Si haces un donativo de menos de 250€ anuales puedes recuperar el 80% del importe.

  • Si haces un donativo de más de 250€ anuales puedes recuperar el 40% del importe.

  • Si hace 3 años o más que colaboras con la Fundación, y el donativo es igual o superior al del año anterior, te devolverán el 45%.

Ejemplo: dando 250€ recuperas 200€ en la declaración de la renta.

PERSONAS JURÍDICAS (IS)

¿Eres una empresa comprometida?

  • Por donativos de cualquier importe, se recupera el 40%

  • Si hace 2 años o más la empresa colabora con la Fundación, y el donativo es igual o superior al del ejercicio fiscal anterior, te volverán el 40%.

Ejemplo: dando 250€ recuperas 100€ en la declaración de la renta.

Forma parte de la red que lo hace posible

Todo el impacto y la transformación que llevamos a cabo es posible gracias a la participación y la solidaridad de muchos agentes sociales. Necesitamos unir más esfuerzos para reconstruir el futuro que necesitamos.